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Mejoras en centros penitenciarios de SLP - Periódico Momento Noticias

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Mejoras en centros penitenciarios de SLP - Periódico Momento Noticias

Redacción/ sábado 09 de noviembre de 2019

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), reconoció el trabajo de la Secretaría

de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, a través de la Dirección General de

Prevención y Reinserción Social (DGPYRS), a favor de una efectiva reinserción social de las

personas privadas de su libertad (PPL´S), como resultado de la evaluación del Sistema

Penitenciario Nacional.

La evaluación de la CNDH, reveló que los centros correccionales de San Luis Potosí

mejoraron su calificación en 0.44 puntos, al lograr una tasa de crecimiento del 6.76 al

2019, la mejor calificación en los últimos u cuatro años posicionándonos por encima de la

media nacional.

Dentro de la evaluación 2019, el Centro Penitenciario de Ciudad Valles, obtuvo una de las

más altas calificaciones, sumado a que los Centros Penitenciarios del Estado cumplen en

gran medida con los aspectos que garantizan la integridad personal del interno, una

estancia digna, condiciones de gobernabilidad y la dotación de herramientas para una

efectiva Reinserción Social.

Cabe destacar que en este 2019 San Luis Potosí se ubicó por encima del promedio

Nacional, por encima de 19 estados de la República Mexicana.

De acuerdo con la fracción segunda del artículo 18 de la Carta Magna, el sistema

penitenciario debe organizarse sobre la base del respeto a los derechos humanos, el

trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios

para lograr la reinserción social, considerando la separación entre hombres y mujeres, así

como entre procesados y sentenciados para tal efecto.

Es por ello, que en los Centros penitenciarios del estado, se trabaja para poder desarrollar

acciones efectivas que permitan mejorar la infraestructura y aumentar la capacidad de los

centros de acuerdo a las exigencias que emanan del mandato establecido por el artículo

18 Constitucional considerando para ello los criterios que se derivan de las “Reglas

Mandela”, y los estándares nacionales e internacionales en la materia, las buenas

prácticas y los resultados de los estudios desarrollados en la materia.

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